Anticapitalistas en la Otra

Anticapitalistas en la Sexta es un espacio de discusión y organización política de carácter anticapitalista e internacionalista, que busca enlazar las luchas y fortalecer la unidad de las y los trabajadoras de la Ciudad, el Campo, el Mar y el Aire, y del resto de l@s explotad@s por el sistema capitalista para avanzar en la construcción de un Programa Nacional de Lucha y su Plan de Insurrección. Como segundo propósito buscamos difundir las luchas, denuncias y actividades de los adherentes a La Sexta en el país y el mundo, y también de todos aquellos que que sin ser parte de La Sexta se encuentren abajo y a la izquierda.

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Video del mes: Palabras del mes: Es preciso no olvidar que en virtud y por efecto de la solidaridad del proletariado, la emancipación del obrero no puede lograrse si no se realiza a la vez la liberación del campesino. De no ser así, la burguesía podría poner estas dos fuerzas, la una frente a la otra, y aprovecharse, por ejemplo, de la ignorancia de los campesinos para combatir y refrenar los justos impulsos de los trabajadores citadinos; del mismo modo que, si el caso se ofrece, podrá utilizar a los obreros poco conscientes y lanzarlos contra sus hermanos del campo. CARTA DE EMILIANO ZAPATA A GENARO AMEZCUA Tlaltizapán, Febrero 14, 1918

Firma en contra de la reactivación del proyecto de despojo en Atenco

lunes, 27 de septiembre de 2010

Condena...

*Con expediente fabricado, se condena a miembros de Radio Ñomndaa a 3
años de prisión.*

* *
· /Desde 2004 han estado sujetos a un proceso penal amañado./
· Esta sentencia muestra la corrupción del sistema judicial y la
criminalización del trabajo de los defensores.
· La defensa apelará la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia
(TSP) para que revise irregularidades
/Ometepec, Guerrero a 27 de septiembre de 2010.-/ El Juzgado Mixto de
Primera Instancia con sede en Ometepec, emitió sentencia condenatoria de
3 años y 2 meses de cárcel y el pago de una multa de mil 753 pesos a
Genaro Cruz Apóstol, Silverio Matías Domínguez y David Valtierra Arango,
miembros fundadores del municipio autónomo de Suljaa´ de Xochistlahuaca,
que han estado desde 2004 sujetos a un proceso judicial amañado como
presuntos responsables del delito de privación de libertad en agravio de
Narciso García Valtierra, afín a la entonces presidenta municipal
Aceadeth Rocha Ramírez.
Esta sentencia, emitida por el Juez Derly Arnaldo Alderete Cruz, muestra
la corrupción del sistema de justicia y la fabricación de delitos y
órdenes de aprehensión contra líderes de la radio Ñomndaa /La Palabra//
del Agua/ y de la oposición a la Cacique Aceadeth Rocha dentro de un
contexto de criminalización de los defensores de derechos humanos y
judicialización de los procesos sociales, que atenta contra los
principios de imparcialidad del sistema de justicia, los derechos de
asociación, libertad de expresión y de la autonomía de los pueblos
indígenas.
Los hechos que dieron pretexto a la acusación radicada bajo la causa
penal 110-III/2004 se remontan a 2002 cuando en una Asamblea General de
Ejidatarios de Xochistlahuaca celebrada el 2 de mayo, se solicitó al Sr.
Narciso García dejar de invadir y vender 12 hectáreas de tierras de uso
común del ejido. Al reaccionar el Sr. García de con insultos y amenazas,
la Asamblea decidió encarcelarlo, según sus usos y costumbres, y quedó
bajo custodia de las Autoridades Tradicionales por un día. Veinticuatro
horas después Narciso García reconoció su falta y llegando al acuerdo
con la Asamblea de que él podría hacer uso de 3 hectáreas de tierra fue
liberado.
No obstante de los acuerdos firmados, el Sr. García denunció ante el
Ministerio Público de Ometepec con el apoyo y protección de la cacique
Aceadeth Rocha Ramírez, algo que se constata porque el perito traductor
que le designó al presunto agraviado fue un trabajador de Aceadeth Rocha
y aparece involucrado como testigo de cargo en otros procesos contra
David Valtierra.
El Juez Mixto de Primera Instancia con sede en Ometepec libró 11 órdenes
de aprehensión, fundamentadas en pruebas fabricadas y testimonios
falseados, contra representantes agrarios y autoridades tradicionales
del pueblo amuzgo de Suljaa'.
El 14 de julio del 2004, la Policía Investigadora Ministeria (PIM)
aprehendió al C. Genaro Cruz Apóstol, en aquel entonces presidente del
comisariado ejidal de Xochistlahuaca y hoy coordinador de la UNISUR
modulo Xochistlahuaca.
En 2006 fue aprehendido Don Silverio Matías Domínguez, quien fungía como
autoridad tradicional e integrante actual del Comité de Radio Ñomndaa;
en agosto de 2007 el C. David Valtierra Arango, ayudante de las
Autoridades Tradicionales y actual integrante del colectivo de Radio
Ñomndaa y el 5 de enero de 2010 fue encarcelado el ejidatario Rodrigo
Morales Valtierra, en aquel tiempo era Tesorero del ejido.
A través del pago de altas fianzas todos ellos fueron liberados unos
días después de su aprehensión, sometiéndose a un estado de libertad
vigilada, viéndose obligados a acudir a firmar periódicamente hasta la
fecha.
Durante el proceso penal, Genaro, Silverio y David ofrecieron las
pruebas suficientes para demostrar su inocencia de las cuales destacamos
los careos que sostuvieron con el supuesto agraviado, Narciso García
Valtierra, la denunciante Gloria García Valtierra (su hermana) y los
testigos de cargo, Amadeo de la Cruz de Jesús y Petrona de Jesús
Valtierra. En estos careos, los testigos de cargo cayeron en severas
contradicciones, e incluso se retractaron de sus acusaciones, quedando
asentado en la diligencia por el Juez que el mismo agraviado señaló que
el expediente fue fabricado por el síndico municipal de Xochistlahuaca y
la PIM. Lo mismo sucedió en los interrogatorios que les hizo la defensa.
Además, tampoco fueron escuchadas y valoradas las pruebas antropológicas
presentadas.
La demanda penal integrada en 2004 fue tan solo la una de las que han
enfrentado los integrantes del Municipio Autónomo de Suljaa´, la Radio
Ñomndaa y los opositores políticos de la cacique, ya que en 2007 les fue
integrada otra causa penal por el presunto delito de privación de la
libertad en agravio de Ariosto Aceadeth Rocha, dando lugar a 31 amañadas
órdenes de aprehensión en octubre de 2009, sobre las cuales se probó el
nulo fundamento quedando obteniendo todos ellos una sentencia absolutoria.
Detrás de todas estas detenciones se encuentra la cacique local Aceadeth
Rocha Ramírez, su familia y su grupo político, que no han cesado de
amenazar y agredir físicamente a los defensores de Radio Ñomndaa.
La sentencia emitida el día de hoy muestra una vez más que el aparato de
justicia carece de imparcialidad y se encuentra vinculado de forma
corrupta a intereses caciquiles, persiguiendo a los luchadores sociales
que alzan la voz en vez de defender la justicia social. Esta justicia
que criminaliza la protesta social, sin embargo otorga impunidad a
quienes delinquen desde el poder.
Radio Ñomndaa, La Palabra del Agua y el Centro de Derechos Humanos de la
Montaña Tlachinollan estamos totalmente inconformes con la sentencia
condenatoria y por ello la defensa apelará la sentencia ante el Tribunal
Superior de Justicia (TSP) para que revise irregularidades cometidas por
el Juez Derly Arnaldo Alderete Cruz, Juez de Primera Instancia del ramo
penal del Distrito Judicial de Abasolo, con residencia en Ometepec.
Por ello, declaramos y exigimos:
· Que el sistema de justicia debe apegarse a los principios de
imparcialidad e independencia, dejando de servir al dinero y a los
caciques para castigar a quienes alzan la voz contra la injusticia.
· Que se escuchen y valoren en su justa medida las pruebas
(interrogatorios, careos y peritajes antropológicos) presentadas por los
acusados.
· Que conforme a derecho, se cancelen las órdenes de aprehensión, que
por la causa penal 110-III/2004 aun pesan sobre los compañeros
Tranquilino Santiago Silva, Roberto Martínez de Jesús, Atilano López
Díaz, Gregorio Reyna Valtierra, Eloy Valtierra López y Epifanio Merino
Guerrero.
· Que cese la criminalización, persecución y hostigamiento contra los
defensores de derechos humanos en el Estado de Guerrero.
· Que el gobierno del Estado respete lo que dispone la Declaración de
los Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas,
que reconoce su autonomía y autodeterminación, del convenio 169 de la
Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Declaración de sobre
Principios de la Libertad de Expresión de la Organización de Estados
Americanos.
mandado por: lapalabradelagua@gmail.com>

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